SEMARNAT - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
Otorga a TOALLAS INDUSTRIALES S.A. de C.V. “la autorización para el transporte y lavado de toallas industriales contaminadas con materiales y/o residuos peligrosos, lo anterior con base a la Ley General para la Prevención y Gestión integral de los Residuos”. Se estipula que ”el lavado de toallas industriales sucias que son sometidas a un proceso de lavado y comercialización, de acuerdo con lo establecido en la LGPGIR no son consideradas como residuos”.
LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Se establece que TOALLAS INDUSTRIALES S.A. de C.V. mediante su infraestructura y operación aprueba la LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE en toda su NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-052-SEMARNAT-2005, QUE ESTABLECE, LAS CARACTERÍSTICAS, EL PROCEDIMIENTO DE IDENFTIFICACIÓN, CLASIFICACIÓN Y LOS LISTADOS DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS.
SEMARNAT - CÉDULA DE OPERACIÓN ANUAL
El fundamento jurídico de la Cédula de Operación Anual se contempla en el cumpliento a la:
- Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente (LGEEPA): Artículos 109 BIS y 159 BIS.
- Ley de Aguas Nacionales: Artículos 85, 87 y 88 BIS frac. V.
- Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos: Artículo 46.
SECRETARÍA DE ECOLOGÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Dirección General de Normatividad
Resuelve: Se autoriza en materia de Impacto Ambiental a la empresa TOALLAS INDUSTRIALES S.A de C.V. para que realice el proyecto de operación de una empresa dedicada al lavado de toallas industriales impregnadas de residuos peligrosos. Corte y Confección de éstas y la instalación de una planta de tratamiento de aguas residuales.
SUBDIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Departamento de Normatividad Ambiental
REGISTRO COMO GENERADOR DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y DE MANEJO ESPECIAL.
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